1. El Comité de Seguridad y Salud es el órgano paritario y colegiado de Billete destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la empresa en materia de prevención de riesgos. En todo caso, el empresario informará a dichos jóvenes y a sus padres o tutores que hayan intervenido en la contratación, conforme a lo dispuesto